5 respuestas

  1. Interesante sesión. Muy bien presentada y documentada
    Llama la atención que los criterios diagnósticos, terapéuticos, etc están basados en grupos de expertos
    Mi duda es, de todo lo que has leido, el SPI entra dentro de las alteraciones del sueño? se considera en alguna literatura como una no-enfermedad?
    Los tratamientos son tratamientos muy complicados, con efectos adversos importantes para una enfermedad/dolencia que por sus caracteristicas no parece justificado utilizarlos???
    Otra duda es…. sin tratamiento este Sdme puede evolucionar a un cuadro más complicado o grave?
    Gracias Belen

    • Entra dentro de las alteraciones del sueño . Si está bien diagnosticado no tiene por que evolucionar a otra cosa.Comparto el comentario de Manuel Batalla sobre tratamiento. Un saludo

  2. Gracias por la sesión, Belén, a mi me ha parecido muy documentada y completa, o sea, de las que vale la pena mirar cuando se plantea la duda en la consulta. Mi impresión personal a lo largo de los años, es que hay pacientes que cuentan y viven como una alteración del sueño, mas que otra cosa el SPI, que la mayoria cuando se les comenta que no es una enfermedad grave mejoran, y que muchos ya tienen en marcha los «rituales» que mejoran sus síntomas, yo personalmente dejaría la medicación para los casos mas grave. por todo lo que hemos comentado respecto a la medicacion

  3. Gracias por los comentarios, e intentaré contestar a las preguntas:

    1)El SPI está considerado dentro de los “trastornos del movimientos” (así como las distonias, tics, mioclonias,…), es frecuente que los pacientes presenten insomnio y suele ser su motivo de consulta, de ahí que el seguimiento en ocasiones acabe en unidades del sueño y sea considerado una alteración del sueño,( pero no siempre se dan alteraciones del sueño).

    2)No he encontrado en la literatura que se considere una no enfermedad.

    3)Afortunadamente muchos pacientes con medidas no farmacológicas + suplementos de Fe van bien. El resto de tratamiento farmacológico SOLO estaría justificado en los casos con ALTERACIÓN IMPORTANTE de la calidad de vida, el sueño a las actividades de la vida diaria.

    4)El tratamiento no está indicado para prevenir cuadros más complicados o graves, ni para mejorar la evolución de la enfermedad, sino para el control de síntomas. Así que como es una patología crónica con fluctuaciones, con periodos de remisión y empeoramiento, el tto solo debería darse en los periodos que la sintomatología lo requiera.

    Espero haber aclarado las dudas, y tambien comparto la opinión de Manuel.

  4. Muchas gracias por la sesión, Belén. Aunque no es una de las patologías más frecuentes, es interesante saber cuáles son los criterios diagnósticos y el esquema terapéutico a seguir cuando el paciente nos consulta por esta patología. Y muy interesantes también las preguntas y aclaraciones que ha suscitado el tema. Un saludo.

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